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Ley y Legislación para el uso de los Detectores de Metales en España, fácil y resumida

¿Quieres Detectar? ¿Te gustaría practicar esta apasionante afición y modo de ocio?

¡Estás en el sitio adecuado!

Hola querido lector. Si estás leyendo esto imaginamos que estarás interesado en saber si puedes detectar en España y cuál es su legislación. Antes de nada recomendarte que antes de iniciarte en esta bella afición leas esto al completo y siempre siempre, ante la duda preguntes a las autoridades pertinentes a las cuales nombraremos más adelante. ¿Está prohibido detectar en España? No, no está prohibido, solo está regulado aunque a nuestro parecer con muchos vacíos legales y en como casi todas las actividades con requerimientos legales (caza, pesca, etc.) con normativas poco claras al respecto y muy variadas por comunidad autónoma, siendo lioso y poco claro dependiendo dónde estés, aunque sea a pocos kilómetros de un sitio a otro. ¿Dónde está claro que no puedo detectar?
  • En zonas arqueológicas o declaradas Bien de Interés Cultural (BIC). (Zonas BIC bienes de interés cultural, castillos,  iglesias, y zonas catalogadas como yacimientos arqueológicos. De estos sitios debemos mantener una distancia de alrededor de 2 KM para evitar posibles  problemas.)
  • Parques Naturales.
  • Zonas Privadas que no se obtenga permiso del dueño del terreno.
  • A menos de 2 km de estas áreas.
¿Dónde es más limitado el uso de los detectores? Andalucía y Valencia. No obstante y aunque estas comunidades son las más limitantes, se podrá siempre y cuando solicitemos los permisos pertinentes. Deberán de contestar en los siguientes tres meses de presentarlo, si no será entendido denegada. Recomendamos ir a cultura a solicitarla y si se puede solicitarla online. También recomendamos federarte y pertenecer a la asociación de tu zona. La ley de Andalucía e información al respecto: (Si os sale ERROR 500 DARLE F5 la web va fatal) https://www.juntadeandalucia.es/boja/2007/248/d1.pdf  Ver Art. 60. https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/1628/datos-basicos.html  https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/1628/como-solicitar.html  Artículo 60.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del PAtrimonio Histórico de Andalucía

Requisitos

Se ejercerá conforme al artículo 60 de la Ley 14/2007 Artículo 60 Ley 14/2007, de 26 de noviembre La ley de Valencia e información al respecto: https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=20716#p_5  Ver capítulo IX: http://www.dogv.gva.es/portal/ficha_disposicion.jsp?L=1&sig=009241%2F2017  O buscar (Ctrl F) y poner detectores e ir buscando en el documento. ¿Qué recomendaciones te hacemos? 1.- Busca en internet siempre la legislación al respecto en tu comunidad, siempre teniendo en cuenta las comunes. 2.- Aquí os dejamos un enlace de la Federación que es interesante federarse y pertenecer a alguna asociación de detectoristas para protegerse además de disponer de ventajas y beneficios, salir a detectar, asistir a eventos…Al final es un hobby bonito, lúdico y que permite conocer gente fantástica. http://www.federacion-fedd.org/web/normas-y-leyes/  Nuestros datos y enlaces de interés ¡estamos para servirte!
info@eurodetection.com 
913 886 782 · 670 831 303
Aquí visita las secciones para iniciación y ofertas chulas: https://eurodetection.com/categoria-producto/detectores-de-metales-iniciacion/  https://eurodetection.com/categoria-producto/ofertas-detectores-de-metales/  Esperamos desde eurodetection que esta información haya sido de utilidad para ti.

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